Estatutos de la APF 2006
APF Institucional

CAPITULO V
AUTORIDADES

Artículo 58: El Presidente

  1. El Presidente es el representane legal de la APF. 
  2. El Presidente sólo votará en caso que haya dos veces empate en la votación en los Órganos que integra, sobre un mismo tema y de ese modo decide la votación.
  3. El Presidente durará cuatro años en sus funciones. En caso de haber sido electo, en una Asamblea. por vacancia definitiva del cargo, su mandato durará hasta completar ese periodo. El Presidente puede ser reelecto por un periodo más.
  4. Si el Presidente cesare definitivamente o estuviere impedido para ejercer sus funciones oficiales, el Comité Ejecutivo elegirá a uno de los vicepresidentes que lo sustituirá hasta la realización de la primera Asamblea, la que elegirá su sustituto, que completará el resto de su mandato.

Sus atribuciones son:

  • Ejecutar las decisiones de la Asamblea y del Comité Ejecutivo;
  • Velar por el funcionamiento eficiente de los órganos de la APF para el mejor logro de los objetivos establecidos;
  • Supervisar el trabajo de la Secretaría General;
  • Encargarse de las relaciones entre la APF y sus miembros, la FIFA, la CSF, autoridades públicas y otras organizaciones;
  • Presidir la Asamblea y todos los órganos que integra;
  • Designar a uno de los vice-presidentes como encargado del despacho de la presidencia, en caso de ausencia temporaria;
  • Otras competencias estipuladas en el Estatuto y Reglamentos de la APF

Artículo 59: Destitución

    • La Asamblea podrá revocar el mandato de una persona que tenga cargo en el seno de la APF. si viola gravemente el Estatuto, los Reglamentos o las directivas o las decisiones de FIFA, CSF o APF. El Comité Ejecutivo en casos de grave o reiterada conducta de violación  podrá suspenderla y deberá poner a consideración del la primera Asamblea que se realice.  En todos los casos deberá garantizar el derecho a la defensa.
    • La resolución de destitución o suspensión se adoptará mediante votación secreta y por la mayoría de 2/3 de los votos emitidos

    Artículo 60: Representación y firma

    • El Presidente representa legalmente a la APF y está habilitado a suscribir documentos en representación de la misma. Podrá otorgar mandatos generales o especiales en los casos en que fuere necesario. El Reglamento del Comité Ejecutivo podrá disponer modalidades especiales de ejercicio de las prerrogativas del Presidente..

    Artículo 61: Los Vice Presidentes

    • Los Vicepresidentes de la APF serán elegidos en la misma forma que el Presidente y deberán poseer los mismos merecimientos personales. Sus funciones serán establecidas en el Reglamento pertinente.
    • Para el caso que fueren elegidos para sustituir al presidente en forma definitiva hasta la primera Asamblea Ordinaria, el vicepresidente deberá renunciar a todo cargo que esté ocupando en el seno de algún club, liga o federación
      1. Duraran cuatro años en el ejercicio de sus funciones, pudiendo ser reelectos en las mismas condiciones que el Presidente.

    Artículo 62: El Tesorero

    • El tesorero de la Asociación Paraguaya de Fútbol será designado de entre los miembros del Comité Ejecutivo, a propuesta del Presidente de la Asociación, debiendo poseer los méritos necesarios para desempeñarse en el cargo, preferentemente titulado en las Ciencias Económicas o afines.
    • Será el responsable de la administración de la Asociación y las finanzas de la entidad, así como de la recaudación de sus fondos, de la correcta inversión de éstos y de la custodia de sus bienes. Le compete elaborar con la Comisión de Finanzas, el proyecto del presupuesto anual de la Asociación.
    • Sus atribuciones y obligaciones estarán consignadas en el Reglamento administrativo de la A.P.F.

    Artículo 63: El Pro Tesorero

    • Será designado por el Comité Ejecutivo, en las mismas condiciones que el Tesorero, y sustituirá a éste en los casos de ausencia o impedimento u otra inhabilidad. Colaborará permanentemente con el Tesorero, para el mejor desempeño de la función.
 
Asociación Paraguaya de Futbol
Mayor Martínez y Alejo García (Estadio Def. del Chaco)
Tel/Fax.+595 21 480-153 / 222-391